Comentario
La solemnidad de las fórmulas carolongias contrasta brutalmente con la mediocridad de un aparato institucional con fuertes taras germánicas. Los hechos hablan por sí solos.
Así, la Corte de los monarcas francos permaneció itinerante (palacios de Attigny, Quierzy, Thionville, Heristal, Worms...) hasta lograr cierta estabilidad en Aquisgrán desde el 790. La administración central descansaba sobre el Archicapellan, jefe de los servicios religiosos; el Canciller, que redactaba los documentos y guardaba el sello real; y el Comes palatii, que sustituyó al Mayordomo y que supervisaba a los distintos comités encargados, esencialmente, de funciones domésticas: comes stabuli (jefe de caballerizas), buticularius, etc.
Los ducados como circunscripciones administrativas perdieron su vieja importancia en beneficio de los condados gobernados por un comes con amplias prerrogativas judiciales, militares y económicas. En las zonas fronterizas, la agrupación de algunos condados integraban las marcas (de Bretaña, del Elba, Septimania...) a cuyo frente había un marchio dotado de gran autonomía. El enlace entre el poder central y los poderes locales se ejercía a través de los Missi dominici, cuerpo de inspectores que, bajo los merovingios habían actuado esporádicamente y que Carlomagno reglamentó en el 802. Actuando en parejas (un missus laico y otro eclesiástico, generalmente obispo o abad) debían velar por el buen cumplimiento de las normas civiles y eclesiásticas y recibir las peticiones de ayuda de los desvalidos.
Desde el punto de vista militar, el ejército de los carolingios seguía en principio la idea del pueblo en armas sometido a periódicas revisiones: los Campos de mayo. En la práctica, lo gravoso de las obligaciones militares (equipo caro, abandono de las labores de la tierra) dio pie a otros procedimientos de recluta: un capitular del 808 impone el servicio de armas sólo a aquellos propietarios de cuatro o más mansos (unidad económica teóricamente familiar) de tierra.
Los recursos económicos con los que el Estado carolingio contaba en torno al 800 tenían ya poco que ver con las viejas pautas romanas. El rey/emperador tiene que cubrir sus necesidades, sobre todo, con el fruto de sus dominios personales. De ahí el interés de Carlos por una meticulosa organización de éstos reflejada en el capitular "De Villis". El saqueo de los países conquistados (el tesoro de los ávaros causó admiración a sus contemporáneos) constituía una fuente de ingresos un tanto aleatoria, al igual que los donativos otorgados al monarca en los plácita o asambleas políticas o los telonea percibidos en unas rutas comerciales de muy escaso tráfico.
La variedad territorial sobre la que los carolingios gobernaban se reflejaba en la diversidad de leyes. Algunas de las tradicionales (de salios, ripuarios o bávaros) fueron revisadas desde Pipino el Breve. Las nuevas incorporaciones obligaron a la redacción de leyes para turingios, sajones y frisones. Junto a las leyes, otras disposiciones especiales -los capitulares- sirvieron para promulgar decisiones que afectaban a todo el territorio imperial o que completaban alguna ley nacional. En el 803, el "Capitulare legibus additum" supuso un aditivo común a todas ellas.
Aun en sus momentos de esplendor, Carlomagno era consciente de los defectos de la administración de su Estado. De ahí que tratara de reforzarla mediante la imposición a sus súbditos de ciertos compromisos morales: los juramentos generales de fidelidad del 789 o el 793 que trataban de ligar de una forma personal a todos los hombres libres con su soberano. Los mecanismos institucionales de la feudalidad empezaban a competir seriamente con la noción romanista de res publica.
A mayor abundamiento, en el 806, el emperador planificó el futuro de sus dominios mediante la "Divissio regnorum": reparto patrimonialista del territorio imperial entre sus hijos, a los que debía unir el apoyo recíproco y la defensa común de la Iglesia. Sin embargo, en el 814 sólo un varón -Luis- sobrevivió a Carlos. Ello permitió mantener de momento la unidad.